¿A quién puedo añadir como dependiente para la cobertura de mis prestaciones?

Un familiar directo se considera una persona autorizada para la cobertura de su prestación. Esto incluye a los hijos (naturales o adoptados), el cónyuge o la pareja de hecho. En algunos casos, la compañía solicitará una prueba de parentesco que demuestre el vínculo que tiene con esa persona.

Esto NO incluye a la madre, al padre, a los abuelos o a cualquier otra familia extensa.